Fecha de Publicación: 19/08/1986
Página: 364-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 6

   La propaganda relacionada con la prestación de servicios privados de
atención total o parcial en salud realizada a través de entidades se
regirá por lo dispuesto en los decretos 727/968, de 3 de diciembre de 1968
y 258/985 de 2 de julio de 1985.
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