Fecha de Publicación: 29/09/2004
Página: 668-A
Carilla: 20

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 6

 (Prohibición genérica).- Prohíbese a partir del 1º de marzo de 2008, 
toda fabricación, introducción, importación y exportación de las 
sustancias comprendidas en los anexos "A" y "B" del Protocolo de 
Montreal, tanto respecto de las sustancias puras como por sus mezclas.-
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