Fecha de Publicación: 28/06/1977
Página: 586-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

Tendrá a su cargo:

a)   La realización de investigaciones, estudios y análisis de la
     situación socio-económica del país, manteniendo un diagnóstico
     actualizado;
b)   La formulación de proyecciones sobre las tendencias socio-económicas;
c)   La determinación de metas y evaluación de recursos, con la finalidad
     de una permanente actualización de planes y programas.
Ayuda