Fecha de Publicación: 25/10/2013
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MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 26

 (Inversiones de Expansión) - La ejecución de los proyectos de inversión
estará condicionada al financiamiento a obtener, con destino a la
expansión del operador e inversiones de reposición en los términos
previstos en la presente norma, debiendo contar con informe favorable de
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto-
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