MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Declaración jurada y pago.- Usinas y Trasmisiones Eléctricas deberán presentar mensualmente, dentro de los 10 días siguientes al mes venido, declaración jurada de los ingresos percibidos en dicho mes por la venta de energía eléctrica. El impuesto se pagará conjuntamente con la presentación de la declaración jurada en la Dirección General Impositiva.Ayuda