Monto Imponible. El monto imponible del impuesto estará constituido
por los saldos representativos de los activos gravados a fin de cada mes.
Las sumas a pagar se determinarán aplicando el doceavo de la tasa que
corresponda, sobre los saldos mencionados en el inciso anterior.
El plazo de presentación de la declaración jurada y del pago del
impuesto, será fijado por la Dirección General Impositiva.