MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 26/08/1980.
De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º del decreto constitucional 3/976 del 1º de setiembre de 1976, rigen para el personal municipal las mismas normas sobre incompatibilidades, compensaciones, contrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo nacional.Ayuda