Las elaboraciones se realizarán bajo el control técnico de la Dirección
de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, debiendo contar
cualquier modificación de la elaboración prevista, con la autorización
expresa de esta dependencia.
La Dirección de Contralor Legal elevará al Ministerio de Agricultura y
Pesca un informe final detallado de las elaboraciones controladas.