Fecha de Publicación: 03/10/2005
Página: 14-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 16

 Establécese que a partir del 1º de marzo de 2006 los estudiantes del
1er. ciclo de enseñanza media pública pertenecientes a los Departamentos
de:
Colonia, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Rocha, Treinta y Tres,
Durazno, Soriano, Río Negro, Paysandú, Tacuarembó, Cerro Largo, Rivera,
Artigas y Salto, tendrán derecho a obtener un boleto-abono con 50 viajes
gratuitos al mes, los que habiliten el uso de las líneas de las distintas
empresas de transporte de corta, media y larga distancia de pasajeros,
que unan el domicilio del estudiante con el Instituto de Enseñanza al que
concurran.
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