Fecha de Publicación: 01/10/2007
Página: 4-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 Lo dispuesto en los artículos precedentes regirá respecto de las
operaciones de exportación de los productos mencionados, registradas a
partir del 1º de octubre de 2007.
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