Decreto 353/007
Dispónese iniciar el proceso de adopción de medidas relativas al régimen
de estímulo a las exportaciones de la industria automotriz, de acuerdo con
los compromisos asumidos ante la Organización Mundial de Comercio.
(1.790*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 24 de Setiembre de 2007
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 316/992, de 7 de julio de 1992, y
sus modificativos, que regulan los beneficios aplicables a la exportación
de productos de la industria automotriz.
CONSIDERANDO: conveniente iniciar el proceso de adopción de medidas
relativas al régimen de estímulo a las exportaciones de la industria
automotriz, de acuerdo con los compromisos asumidos ante la Organización
Mundial de Comercio.
ATENTO: a lo expresado y a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 de diciembre de 1959.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Exceptúanse del régimen previsto en el artículo 1º del Decreto Nº
316/992, de 7 de julio de 1992, en la redacción dada por el Decreto Nº
60/999, de 3 de marzo de 1999, a las exportaciones de los bienes
clasificados en el Capítulo 41 de la NCM, con excepción de los
identificados en el artículo 2º del presente Decreto.
Cuando se trate de exportaciones de bienes clasificados en la partida
4107 de la NCM, y considerados por la Dirección Nacional de Industrias del
Ministerio de Industria, Energía y Minería como aptos para recibir los
beneficios dispuestos por el artículo 1º del Decreto Nº 316/992, de 7 de
julio de 1992, la preferencia de 13 puntos en la TGA (Tasa Global
Arancelaria) prevista en el artículo 1º del Decreto Nº 316/992, de 7 de
julio de 1992, en la redacción dada por el Decreto Nº 60/999, de 3 de
marzo de 1999, no podrá superar el equivalente a U$S 0,06 (seis centavos
de dólar de los Estados Unidos de América) por cada dólar exportado,
considerando los valores FOB declarados en los cumplidos aduaneros.
Lo dispuesto en los artículos precedentes regirá respecto de las
operaciones de exportación de los productos mencionados, registradas a
partir del 1º de octubre de 2007.