Fecha de Publicación: 13/09/2001
Página: 618-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 355/001

Modifícase el inciso 4) del Artículo 5º del Decreto 367/995 referido a 
régimen de venta de bienes a turistas.
(2.323*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                        Montevideo, 6 de setiembre de 2001
                                                                          
VISTO: el régimen de venta de bienes a turistas establecido por el 
Decreto Nº 367/995, de 4 de octubre de 1995.-

RESULTANDO: que el mismo contiene disposiciones que regulan la 
comercialización de los bienes referidos en cuanto a formalidades y marco 
tributario aplicable.-

CONSIDERANDO: I) que se estima conveniente flexibilizar las normas 
vigentes con respecto a las transacciones entre los autorizados a operar 
en el régimen, así como actualizar la nómina de bienes objeto de 
comercialización.-

II) que se estima conveniente, asimismo, ajustar la presión tributaria de 
algunos de los bienes mencionados, de forma de coadyuvar al mejoramiento 
de la competitividad de las empresas habilitadas.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Modifícase el inciso 4) del artículo 5º del Decreto Nº 367/995, de 4 de 
octubre de 1995, por el siguiente:
"Una vez ingresados a los depósitos fiscales, los bienes no podrán tener 
otro destino que no sea el de su venta a empresas habilitadas a operar en 
este régimen o a turistas extranjeros a través de las mismas; todo ello 
sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2º del artículo 14º del 
presente Decreto".-

BATLLE, ALBERTO BENSION.


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