Fecha de Publicación: 31/01/1977
Página: 203-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

El solicitante de Valor Real ante la Dirección General del Catastro
Nacional deberá justificar la legitimidad de su petición mediante
declaración jurada practicada en formulario que suministrará al efecto
dicha Oficina.
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