Fecha de Publicación: 17/07/1979
Página: 152-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 19

   Los valores mencionados en los artículos 17 y 18 serán actualizados, anualmente, de acuerdo al Indice de Precios del Consumo proporcionado
por la Dirección General de Estadística y Censos del Ministerio de Economía y Finanzas.
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