MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
De las excepciones. - El Ministerio de Agricultura y Pesca podrá, a solicitud de la Dirección General de los Servicios Veterinarios, cuando las condiciones sanitarias lo requieran, modificar las exigencias que se aplican a los comercios habilitados, a los Médicos Veterinarios directores técnicos y a la comercialización de determinados productos.Ayuda