MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Podrán inscribirse en el Registro de Hogares y Residenciales para adultos mayores todos los establecimientos que cumplan con la normativa vigente - Ley 17.066, de 24 de diciembre de 1998 y concordantes - y con las exigencias establecidas por el Ministerio de Salud Pública en dicha materia.Ayuda