PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Decreto 360/012
Establécense las categorías protocolares con las que serán presentados
quienes ocupen funciones de dirección en el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
(2.086*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 12 de Noviembre de 2012
VISTO: lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto-Ley N° 14.206 de 6 de
junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 334 de la Ley N°
18.719 de 27 de diciembre de 2010;-.
RESULTANDO: I) que los usos y costumbres diplomáticos determinan que los
funcionarios que ocupen los cargos de mayor grado jerárquico en los
Ministerios de Relaciones Exteriores sean presentados con determinados
rangos;
II) que, igualmente, es habitual que los funcionarios que han ejercido
funciones de Jefe de Misión con carácter permanente, continúen utilizando
a los efectos protocolares, la denominación correspondiente;
CONSIDERANDO: que resulta conveniente precisar con carácter general las
categorías protocolares con las que serán presentados quien ocupan las
funciones de dirección en el Ministerio de Relaciones Exteriores;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
El Director General de Secretaría, el Director General para Asuntos
Técnico-Administrativos y los Directores Generales serán presentados como
Embajadores, con carácter transitorio y a los solos efectos protocolares.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; LUIS ALMAGRO.