Fecha de Publicación: 31/10/1991
Página: 221-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 8

   No se establece tolerancias al "sobrante" pero se considerará a éste
como consecuencia de la imprecisión de los múltiples métodos de
acondicionamiento usados en el país, no permitiéndose ser usado o
publicitado con fines de propaganda.
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