Fecha de Publicación: 17/10/1995
Página: 48-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 21

   Bienes comprendidos. El régimen previsto en este Decreto se aplicará
exclusivamente al listado de bienes previsto en el artículo 18º del
Decreto Nº 320/993 de 7 de julio de 1993.
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