Fecha de Publicación: 30/06/1976
Página: 460-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 10

Monto imponible.- El impuesto resultará de la aplicación de la tasa
correspondiente sobre el precio fijado para el consumo de los productos
gravados, excluido el impuesto que se reglamenta.
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