PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR
Deber de Comunicación al Tribunal. El Tribunal deberá poner en conocimiento de quien se postula, la obligación de informar de toda circunstancia anterior o sobreviniente vinculada a las causales previstas en el Artículo precedente. CAPITULO VI INSCRIPCIÓN DE LOS CONCURSANTESAyuda