Fecha de Publicación: 11/01/2016
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Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 38

   Carácter reservado. El informe de la evaluación psicolaboral tendrá carácter reservado y será conocido únicamente por los integrantes del Tribunal, sin perjuicio de que el puntaje que se le asigne a la etapa será público.
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