Fecha de Publicación: 24/09/2001
Página: 698-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 25

 Créanse 5 cargos de Gerente Regional (Escalafón R, Grado 4) con el 
cometido de planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las 
sucursales y agencias del BPS en otros tantos Departamentos del Interior 
de la República como segunda etapa del Plan de Reestructuración de las 
Filiales del BPS.
Los Gerentes Regionales permanecerán en el destino asignado un mínimo de 
un año y un máximo de dos años; vencido dicho plazo el Directorio le 
podrá asignar otro destino para el cumplimiento de funciones similares en 
otro Departamento no percibiendo otra compensación por dicho traslado que 
la prevista en el artículo siguiente.
Ayuda