Todo los envase de sal para consumo humano, directo o indirecto,
deberán tener impreso el número de habilitación y registro del Ministerio
de Salud Pública.
En el caso de sal de mesa adicionada con yodo o fluor deberá
especificarse claramente cual o cuales son los aditivos empleados.
A los efectos de no excluir, diferenciar o descriminar el consumo de
sal fluorada el precio de la sal de mesa, tanto de los industriales a los
distribuidores así como de éste al consumo, deberá ser igual en todos los
tipos; sal común, yodada, fluorada y yodofluorada.
Se excluye expresamente a los envases rígidos de hasta 500 (quinientos)
gramos.