El Fondo de Promoción de Turismo de Uruguay en el Exterior será
administrado por el Ministerio de Turismo, con destino exclusivo a la
promoción turística del Uruguay en el exterior, y se nutrirá con los
aportes realizados por los agentes privados y con la prestación del 5,5%
(cinco con cinco por ciento) sobre el precio de los pasajes fluviales
vendidos en el país y de los que se contraten en el exterior para iniciar
viaje desde la República.
Lo recaudado con destino al Fondo no será considerado fondo público,
rigiéndose en lo pertinente por lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley
Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002.