CONSEJO DE MINISTROS
(Aporte por servicios bonificados).- Los adeudos a financiar derivados de la contribución patronal por servicios bonificados (artículo 39 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995), serán incluidos en el régimen del artículo 4º de la ley que se reglamenta.Ayuda