Fecha de Publicación: 14/08/1981
Página: 610-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

  Decreto 379/981

  Se prorroga la vigencia del decreto 321/980, para las promociones a realizarse en la Presidencia de la República.

  Ministerio del Interior.
   Ministerio de Relaciones Exteriores.
    Ministerio de Economía y Finanzas.
     Ministerio de Defensa Nacional.
      Ministerio de Eduación y Cultura.
       Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
        Ministerio de Industria y Energía.
         Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
          Ministerio de Salud Pública.
           Ministerio de Agricultura y Pesca.
            Ministerio de Justicia.

                                         Montevideo, 13 de julio de 1981.

   Visto: lo establecido en el decreto 321/980, de 5 de junio de 1980.

   Considerando: que subsisten las causas que dieron lugar a su dictado,
por lo que procede prorrogar su vigencia hasta la aprobación de un
sistema que contemple las exigencias funcionales de las oficinas
comprendidas en su ámbito material de aplicación.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Prorrógase la vigencia del decreto 321/980, de 5 de junio de 1980, hasta la aprobación de un régimen normativo que contemple las exigencias funcionales de las oficinas comprendidas en su ámbito material de aplicación.

Artículo 2

  Comuníquese, etc.

MENDEZ - YAMANDU TRINIDAD - ESTANISLAO VALDES OTERO - VALENTIN ARISMENDI - 
WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - FELIX E. ZUBILLAGA - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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