Decreto 379/981
Se prorroga la vigencia del decreto 321/980, para las promociones a realizarse en la Presidencia de la República.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Eduación y Cultura.
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Ministerio de Industria y Energía.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Agricultura y Pesca.
Ministerio de Justicia.
Montevideo, 13 de julio de 1981.
Visto: lo establecido en el decreto 321/980, de 5 de junio de 1980.
Considerando: que subsisten las causas que dieron lugar a su dictado,
por lo que procede prorrogar su vigencia hasta la aprobación de un
sistema que contemple las exigencias funcionales de las oficinas
comprendidas en su ámbito material de aplicación.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Prorrógase la vigencia del decreto 321/980, de 5 de junio de 1980, hasta la aprobación de un régimen normativo que contemple las exigencias funcionales de las oficinas comprendidas en su ámbito material de aplicación.
MENDEZ - YAMANDU TRINIDAD - ESTANISLAO VALDES OTERO - VALENTIN ARISMENDI -
WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - FELIX E. ZUBILLAGA - FERNANDO BAYARDO BENGOA