Fecha de Publicación: 01/11/2004
Página: 150-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 20

 Cuando una empresa solicite autorización ante el Laboratorio Tecnológico 
del Uruguay para operar en el régimen de admisión temporaria y el 
procesamiento de los bienes a introducir sea realizado en un inmueble o 
con maquinaria perteneciente a cualquier título a una empresa morosa, se 
deberá:
a) adjuntar contrato de arriendo, subarriendo o documentos que registre 
la relación jurídica que vincula las dos empresas.-
b) prueba de la falta de vinculación patrimonial de la empresa 
arrendadora y sus titulares.-
c) presentación de garantía bancaria, depósito bancario o seguro de 
caución por el monto de los tributos que gravarían la importación. Las 
garantías o similares que se presentaren avalando una operación, serán 
devueltas una vez que se haya verificado el correcto cumplimento de la 
misma.-
Ayuda