Fecha de Publicación: 01/11/2004
Página: 150-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Fijase un plazo improrrogable de dieciocho meses para el cumplimiento 
total de cada operación de admisión temporaria. Este plazo se contará a 
partir de la fecha de su autorización.-
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