Fecha de Publicación: 14/08/1987
Página: 383-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   Las Dependencias del Poder Ejecutivo y Servicios Descentralizados
estarán obligados a prestar su colaboración toda vez que ésta la sea
solicitada por la Dirección General de Estadística y Censos, así como a
facilitar los servicios de los funcionarios que sean necesarios para el
cumplimiento de tareas censales.
Ayuda