Los usuarios amparados por el Seguro Nacional de Salud podrán, en cualquier momento, solicitar la autorización del cambio de prestador cuando:
a) El usuario traslade su domicilio de un departamento a otro o
acredite dificultades supervinientes de acceso geográfico a los
servicios del prestador en el que se encuentra registrado. Para
que operen las solicitudes efectuadas por esta causal deberá
acreditarse fehacientemente que el interesado o su representante
(padre, madre, tutor o curador) ha trasladado su domicilio o se
han presentado las dificultades referidas.
b) Existan situaciones originadas en problemas asistenciales que
lleven a la pérdida de confianza en el prestador. En tal caso las
solicitudes efectuadas al amparo de la presente causal será
sustanciadas ante la Dirección General de la Salud del Ministerio
de Salud Pública, quien de aceptar la objeción la comunicará a la
Junta Nacional de Salud a fin de habilitar el cambio de prestador
y concomitantemente ordenará las medidas que correspondan
respecto de los prestadores involucrados.