Fecha de Publicación: 04/11/1983
Página: 206-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Fe de erratas publicada/s: 14/02/1984.

Artículo 2

   Los aeropuertos y aeródromos quedan categorizados a los efectos del 
pago por servicios aeroportuarios de la siguiente forma: 

A) Primera Categoría: Internacional de Carrasco, Santa Bernardina y
Base Aeronaval C/C Carlos A. Curbelo.

B) Segunda Categoría: departamentales de Salto, Artigas, Rivera, Melo y
Maldonado (Punta del Este).

C) Tercera Categoría: departamentales de Colonia, Paysandú y Angel S.
Adami (Melilla).

D) Cuarta Categoría: departamentales de Mercedes, San José, Florida,
Treinta y Tres, Tacuarembó, Río Negro, Carmelo, Bella Unión, Arapey,
Vichadero y San Gregorio.
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