Fecha de Publicación: 13/09/1994
Página: 994-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 391/994

Establécese el Estado Mayor General de la Fuerza Aérea el que tendrá por misión asistir al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
(2018)

Ministerio de Defensa Nacional 
  
                                      Montevideo, 30 de agosto de 1994.       

     Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita la sustitución del Decreto 674/990 de 20 de diciembre de 1990 que
aprobó la organización y funcionamiento del Estado Mayor General de la
Fuerza Aérea.

     Considerando: I) que resulta conveniente, adecuar el funcionamiento
del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, a las actuales necesidades,
en materia de planificación estratégica, de políticas y objetivos, con
proyección al mediano y largo plazo.

     II) que las innovaciones introducidas en dichas normas son contestes
con las modificaciones efectuadas al Decreto-Ley Orgánico de la Fuerza
Aérea 14.747 de 28 de diciembre de 1977 y al Decreto 672/990 de 20 de
diciembre de 1990 por el que se aprobó la reorganización de la mencionada
Fuerza.

     Atento: a los fundamentos expuestos, y a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.

     El Presidente de la República,

                                  DECRETA:

Artículo 1

   El Estado Mayor General de la Fuerza Aérea tendrá por misión fundamental, asistir al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea en el ejercicio de su Comando, planificando, coordinando y evaluando las actividades operativas, logísticas y administrativas. 

Artículo 2

   Serán funciones del Estado Mayor General:
1. Asesorar al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, en políticas y
   objetivos de la Fuerza Aérea en el mediano y largo plazo.
2. Elaborar el Plan Estratégico de la Fuerza Aérea, coordinando con los
   Comandos Aéreos, su instrumentación y ejecución.
3. Elaborar la información estadística necesaria para la toma de
   decisiones del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
4. Planificar y dirigir el Sistema Informático de la Fuerza Aérea.

Artículo 3

  La estructura orgánica del Estado Mayor General y sus respectivas
funciones serán:

a) Jefatura dependiente del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea,
   asistida por la Secretaría y la Ayudantía.
-Asesorar al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.
-Coordinar la ejecución de las decisiones del Comandante en Jefe.
-Supervisar el progreso de los planes en ejecución.
-Proponer y orientar las Políticas y Objetivos de la Fuerza Aérea de
 acuerdo a la Doctrina.
b) Sub-Jefatura para Planes y Programas.
-Coordinar la acción integral del Estado Mayor General en la elaboración
de Planes y Programas, para el desarrollo y cumplimiento de la Misión de
la Fuerza Aérea.
c) Sub-Jefatura para Políticas y Doctrina.
-Coordinar la acción del Estado Mayor General, en la elaboración de
Políticas y análisis de Doctrina.
d) Sub-Jefatura para Asuntos Económicos.
-Coordinar la acción del Estado Mayor General en la concepción y diseño
del Presupuesto General de Gastos e Inversiones de la Fuerza Aérea,
procesando información para base estadística y determinando costos del
Programa.
e) División Informática.
-Elaborar y coordinar los Sistemas de Informática de la Fuerza Aérea.
f) Departamento Técnico.
-Analizar permanentemente, la función administrativa de la Fuerza Aérea,
de acuerdo a la normativa del PRO.NA.DE.
 Los órganos referidos en los literales b) a f) dependerán de la Jefatura
mencionada en el literal a).

Artículo 4

   El Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, dispondrá la emisión del Manual de Organización, Funcionamiento y Procedimientos del Estado Mayor General, el cual desarrollará y profundizará la organización que establece el presente Decreto y detallará las normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el cumplimiento de la misión.

Artículo 5

  Establécese como fecha de creación del Estado Mayor General de la Fuerza
Aérea el 29 de setiembre de 1964. 

Artículo 6

   Derógase el Decreto 674/990 de 20 de diciembre de 1990. 

Artículo 7

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a
sus efectos. 

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS.
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