Fecha de Publicación: 07/10/2003
Página: 33-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 13

 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) y el Ministerio 
de Economía y Finanzas (MEF), designarán cada uno un integrante de la 
administración del FFRAA.
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