Fecha de Publicación: 07/10/2003
Página: 33-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 5

 Cada uno de los beneficiarios del FFRAA suscribirá un compromiso de pago 
por el equivalente al monto de los recursos recibidos más los costos 
financieros que se originen. Este compromiso se respaldará mediante la 
firma de la documentación correspondiente que se determine en favor del 
FFRAA. Esta documentación respaldará los eventuales incumplimientos que 
se puedan generar en el repago de los recursos recibidos del FFRAA por 
cada beneficiario.
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