La Asesoría de Política Comercial, actuando conjuntamente con la
Dirección Nacional de Industrias, asesorará al Poder Ejecutivo, al
Ministerio de Economía y Finanzas y al Ministerio de Industria, Energía y
Minería, según corresponda, en relación con:
- Los procesamientos de la información de importación relevada, requeridos
a efectos del logro de los objetivos definidos en el presente decreto;
- Las aperturas, en la Nomenclatura Arancelaria, que sean necesarias a
efectos de la generación de información estadística de importación,
agrupada en categorías de productos homogéneos en términos de los
parámetros técnicamente definidos;
- La fijación y modificación de los Derechos Específicos;
- La información de los resultados de los análisis realizados de la
información procesada que puedan contribuir en la planificación y
ejecución de eventuales inspecciones de los órganos competentes.