Fecha de Publicación: 14/12/1989
Página: 356-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 10

   El subsidio, total o parcial, estará sujeto a todas las retenciones 
que habitualmente se practiquen a las remuneraciones del personal del
organismo que lo sirva.
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