Fecha de Publicación: 17/10/2001
Página: 107-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 Modifícase la redacción, en el artículo 288º de la Ley Nº 17.296, de 21 
de febrero de 2001, en la distribución de la partida asignada, en el 
porcentaje del 34%, que quedará redactado de la siguiente forma:
"...34% (treinta y cuatro por ciento) para distribuir entre los 
funcionarios, con excepción de los Cuerpos Estables de Orquesta, Ballet, 
Coro y Radioteatro y funcionarios equiparados a los mismos".-
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