Modifícase la redacción, en el artículo 288º de la Ley Nº 17.296, de 21
de febrero de 2001, en la distribución de la partida asignada, en el
porcentaje del 34%, que quedará redactado de la siguiente forma:
"...34% (treinta y cuatro por ciento) para distribuir entre los
funcionarios, con excepción de los Cuerpos Estables de Orquesta, Ballet,
Coro y Radioteatro y funcionarios equiparados a los mismos".-