Fecha de Publicación: 15/10/1991
Página: 81-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

   Deróganse los artículos 2° y 3° del decreto 81/990 de fecha 16 de 
febrero de 1990, por lo que quedan eliminados los requisitos de participacion máxima por producto en los programas de intercambio compensado, así como la clasificación de productos por categoría.
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