Fecha de Publicación: 09/02/2005
Página: 306-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 5

 LAS solicitudes presentadas por las Instituciones definidas en el
Artículo 1º, no comprendidas dentro del Programa de Apoyo, sólo serán
resueltas por el Instituto Nacional de Alimentación, atendiéndose
únicamente aquellas de notoria urgencia y provocadas por causas
imprevistas.
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