Se dispone que transitoriamente la Contaduría delegada del Programa 15.05
(Administración de Justicia) liquide las planillas de sueldos y gastos del
Subprograma 15.06.01 (Administración de Justicia Administrativa a nivel de
Juzgados Letrados de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo).
Una vez que los servicios de contabilidad del Programa 15.06 (Justicia
Administrativa) estén en condiciones de asumir esta función, lo comunicará
de inmediato a la Contaduría Central del Ministerio de Justicia y ésta a
la Contaduría General de la Nación.