Fecha de Publicación: 04/11/1983
Página: 212-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Fe de erratas publicada/s: 14/11/1983.

Artículo 5

   Facúltase a la Dirección General de Servicios Veterinarios para establecer las especificaciones técnicas (dosis, vía de aplicación, etc.) referentes a las vacunas a emplear.
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