MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Sustitúyese el literal a) del artículo 18º del decreto Nº 39/990 de 31 de enero de 1990, por el siguiente: "a) Fertilizantes registrados de acuerdo al artículo 18º de la ley Nº 13.663 de 14 de junio de 1968 y materias primas para su elaboración."Ayuda