La evaluación y la ejecución de estos proyectos se realizará con la
supervisión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien podrá
contratar los especialistas sectoriales necesarios para el desempeño de
tales actividades.-
Dichos proyectos serán presentados ante la Comisión Sectorial de
Descentralización, creada por el artículo 230º, inciso 5º, literal B) de
la Constitución de la República, con el informe técnico previo a cargo de
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.-
La Comisión se expedirá sobre los mismos y remitirá a consideración de
este Organismo, aquellos pasibles de ser ejecutados conjuntamente con una
propuesta para su ejecución, según las distintas etapas que los
integran.-
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, elevará una propuesta al
Ministerio de Economía y Finanzas, quien establecerá el cronograma
definitivo de acuerdo a las disponibilidades financieras del Tesoro
Nacional.-