Sustitúyese el Artículo 10 del Decreto N° 319/014 de 10 de noviembre de 2014, en la redacción dada por el Decreto N° 351/015 de 22 de diciembre de 2015, por el siguiente:
"ARTÍCULO 10 (Crédito fiscal por el arrendamiento de terminales
POS).- El crédito a que refieren los artículos 12 y 13 del
Decreto N° 288/012 de 29 de agosto de 2012, se otorgará hasta el
31 de diciembre de 2018, por un monto equivalente al que surja de
aplicar sobre el costo del arrendamiento de las terminales los
siguientes porcentajes:
a) hasta el 31 de diciembre de 2017, 70%;
b) hasta el 31 de diciembre de 2018, 40%.
A los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior, se
computarán como máximo los valores de arrendamiento dispuestos en
los artículos 5° y 5° bis del presente Decreto."