(La adquisición de materia prima a terceros). Las Cooperativas podrán adquirir materia prima a terceros no asociados, dando cuenta al Ministerio de Industria y Energía. Cuando se trate de producción destinada a la exportación, podrá importarse materia prima en régimen de admisión temporaria.
Capítulo IX
De la transformación de cooperativas agropecuarias