MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Las exoneraciones tributarias alcanzarán exclusivamente a los automóviles de pasajeros comprendidos en las categorías "D" y "H" del literal a) del artículo 35º del Decreto Nº 96/990, de 21 de febrero de 1990, reglamentario del Impuesto Específico Interno (IMESI).-Ayuda