Autorízase al Laboratorio Tecnológico del Uruguay a aceptar
provisoriamente el permiso aduanero numerado sin desaduanar, como
elemento probatorio de importaciones para respaldar el procediimiento de
"toma de stock". Las empresas deberán presentar el documento mencionado,
con su desaduanamiento correspondiente, antes del vencimiento de la respectiva admisión temporaria. Si así no lo hiciere, la "toma de stock"
autorizada provisoriamente será anulada, no computándose las
exportaciones realizadas entre la fecha de intervenida la solicitud de importación y la del cumplimiento de importación en admisión temporaria.