La necesidad de los productos a importar en el régimen de admisión
temporaria deberá estar justificada en función de los antecedentes de la
exportación y de los stocks disponibles, para cuya verificación el
Laboratorio Tecnológico del Uruguay podrá requerir la presentación de los
cumplidos de exportación u otra información que considere pertinente. El
Laboratorio Tecnológico del Uruguay podrá exonerar de este requisito a
las empresas que acrediten fundados antecedentes de exportación y
correcto uso del régimen de admisión temporaria.